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FACULTAD DE DERECHO · UNIVERSIDAD PANAMERICANA · CAMPUS GUADALAJARA

La ejemplaridad del profesor de Derecho

 

DIEGO ROBLES FARÍAS

 

 

Había recibido la primera lección:

Los grandes hombres son siempre los más amables.

La segunda, me enseñó que casi siempre son

los que viven de la forma más sencilla.

Stefan Zweig

El Mundo de Ayer

 

 

SUMARIO: I. Introducción; II. El Holloran Center y su respuesta al momento disruptivo que presenta la enseñanza del Derecho. III. El profesor de Derecho como ejemplo ejemplar.

 

 

I ] Introducción

 

Recibí la invitación para participar en la obra colectiva Educando Abogados en México: Preparación para el Ejercicio Profesional, coordinada por la Dra. Yurixhi Gallardo, en la que se me solicitaba una colaboración que mostrara una estrategia de enseñanza del Derecho enfocada al ejercicio profesional y que pudiera ser aprovechada por profesores en las distintas universidades del país. Se me ocurrió que más que una estrategia concreta de enseñanza vinculada con alguna de las ramas del Derecho, me gustaría plantear mi punto de vista acerca de la principal tarea del profesor de Derecho, que es transmitir a los alumnos una identidad profesional responsable, basada en la ética, la justicia y el servicio a los demás, que les permita dar sentido y trascendencia a su vida a través del ejercicio de su profesión.

Por ello, hablaré de mi experiencia en el seminario (Workshop) del Holloran Center for Ethical Leadership in the Profession (Holloran Center) en la University of St. Thomas, en Minneapolis, Minnesota, EEUU, dirigido por el profesor Neil Hamilton, al que asistí en el verano de 2018. El Holloran Center encabeza un movimiento de cambio –disruptivo- en el campo de la educación jurídica en los Estados Unidos, centrado en la visión de que la preparación profesional de los abogados no puede limitarse a transmitir conocimientos técnicos de alto nivel en el campo del Derecho, sino que al mismo tiempo deben cultivarse valores éticos y habilidades personales que ayuden a los alumnos lograr su realización personal en todos los aspectos de su vida.

Hablaré también de mi convicción de que para transmitir a los alumnos ese ideal de profesionistas responsables, formados éticamente, que busquen en el ejercicio profesional la justicia y el servicio a los demás, es necesario que el profesor de Derecho se convierta en un verdadero ejemplo para sus alumnos, pero no cualquier ejemplo, sino uno ejemplar; que a través de su cátedra transmita no solo sus conocimientos profesionales y culturales, sino un modelo de vida que concentre las cualidades de una persona correcta en las diversas dimensiones de la vida: profesional, social, familiar, afectivo, etc. Para ello haré referencia a la obra del filósofo Javier Gomá Lanzón, acerca de la ejemplaridad.1

No perdamos de vista que la profesión de abogado es una de las más influyentes en el entorno social actual y en la mayoría de los países. Esa influencia social tiene que ver con los campos en donde se desenvuelve su ejercicio profesional. Los abogados ocupan puestos de predominio tanto en el entorno público como en el privado. En el gobierno participan activamente en los tres poderes de la unión y de los Estados –ejecutivo, legislativo y judicial- además de ser la profesión mayoritaria en la representación internacional de los países, como miembros del cuerpo diplomático. En el ámbito privado encontramos frecuentemente abogados de profesión ocupando puestos directivos en las empresas y desde luego, los despachos de abogados constituyen centros de influencia en el entorno social, mucho más que lo que ocurre en otras disciplinas profesionales.

Las características del profesional del Derecho antes apuntadas ameritan una reflexión profunda acerca de su preparación, la cual, como hemos dicho, no se limita al punto de vista intelectual y académico –conocimiento del Derecho y de las leyes, cultura- sino desde el punto de vista de su formación ética. La formación ética de los abogados toma una importancia inusitada en nuestra época, caracterizada por una sociedad mayoritariamente secularizada –laica-, individualista y relativizada, en donde –como afirma Gianni Vattimo- se ha generalizado un pensamiento débil,2 es decir, un modo de ver la vida y de pensar la realidad abierto y flexible, donde caben todas las opiniones y los valores fundamentales giran en torno a la tolerancia y a los derechos humanos reconocidos universalmente. Partiremos de una premisa: si logramos infundir y elevar la actitud ética en los estudiantes de Derecho, automáticamente elevaremos el sentido ético de la sociedad en su conjunto.

 

II ] El Holloran Center y su respuesta al momento disruptivo que presenta la enseñanza del Derecho

 

El Holloran Center es un organismo que depende de la Universidad de St. Thomas en Minneapolis, Minnesota, cuya función principal es la investigación interdisciplinaria, el desarrollo de currículums y programas enfocados holísticamente a la formación profesional con sentido ético de estudiantes y profesionales, con el objetivo de formar líderes con principios y valores.3 Desde 2013 el Holloran Center ha auspiciado talleres (Workshops) para la formación de una identidad profesional, con la meta de desarrollar una masa crítica de treinta o más escuelas de Derecho, cada una con equipos de profesores y personal administrativo, comprometidos en incrementar el sentido ético de la preparación profesional de los estudiantes. Estas personas serán la punta de lanza para promover y expandir un cambio cualitativo en la educación de los abogados que incida positivamente en la sociedad a la que pertenezcan.

Los talleres para la formación de la identidad profesional de los alumnos de Derecho, enfocados, como se dijo, en la creación de grupos o células de base (core groups), han generado gran entusiasmo y compromiso en muchas facultades norteamericanas. La premisa de los talleres del Holloran Center afirma que en la actualidad se han producido importantes cambios en la forma en que se enseña y se practica el Derecho, lo que ha provocado un giro copernicano (tectonic shift) en los fundamentos de la educación jurídica. Vivimos –afirma William M. Sullivan-4 un momento disruptivo. Los estudios del Holloran Center señalan que la preparación de los estudiantes de Derecho para una carrera exitosa, requiere no solo de un alto nivel de conocimientos técnicos y aptitudes para el análisis legal, sino también el desarrollo de habilidades para sostener relaciones de confianza y de largo plazo con sus clientes, sus colegas y la sociedad en general. El desarrollo efectivo de la profesión jurídica requiere del cultivo de valores éticos, totalmente integrados con las habilidades técnicas de la profesión y las habilidades necesarias para relacionarse con los demás.

¿En qué consiste ese giro copernicano? A lo largo de los años han ocurrido avances incuestionables en la educación profesional. El primer cambio paradigmático en cuanto a la educación jurídica en los Estados Unidos de América, pero que después influiría más allá de sus fronteras, ocurrió con la denominada Revolución Educativa llevada a cabo por la Universidad de Harvard, concretamente por el decano de su facultad de Derecho Christofer Columbus Langdell, quien ocupó ese puesto de 1870 a 1895. Por iniciativa de Langdell la educación jurídica se centró en los aspectos académicos y no en la visión meramente práctica que hasta entonces defendían las Barras norteamericanas (Bar and Bench). Sustituyó las lecciones tipo conferencias (lectures) tradicionales, por el método del caso como técnica educativa. Incorporó el uso de casos reales e hipotéticos que debían ser resueltos por los estudiantes para la comprensión de los principios generales. Reorganizó la biblioteca de la facultad para convertirla en un centro para la investigación de los estudiantes y cuerpo docente. Finalmente, estableció los exámenes escritos como mecanismo para acreditar la suficiencia académica.

Sin embargo, la aportación más significativa de la revolución educativa impulsada por Langdell en Harvard consistió en el método para seleccionar a los profesores. Terminó con la antigua idea de que debían elegirse en base a su experiencia y fama en la práctica de la profesión. El modelo de Langdell fue completamente revolucionario: el mérito académico y no el éxito profesional sería el único criterio para la elección y promoción del profesorado. Langdell creó el primer modelo puramente académico para la preparación profesional de los abogados, el cual fue ampliamente imitado por las demás universidades norteamericanas. El nuevo método otorgó rigor y objetividad al estudio del Derecho y elevó el prestigio de la universidad de Harvard. Sin embargo, el modelo educativo de Langdell se centró exclusivamente en los aspectos técnico-científicos del Derecho y en consecuencia nunca tuvo la visión del método que pronto se instauraría en la educación médica, consistente en la combinación de la preparación académica con la práctica clínica para acelerar el desarrollo profesional de los estudiantes.5

La visión meramente académica o científica del método harvardiano de Langdell coincide con la visión de la Filosofía de la Ilustración, un movimiento intelectual que se desarrolla principalmente durante el llamado Siglo de las luces (1688 a 1800) pero que tiene gran influencia en el siglo XIX y la primera mitad del siglo XX. Los grandes pensadores Ilustrados –llamados también iluminados- 6 estaban deslumbrados por los avances de las ciencias empíricas que habían sido espectaculares y que se encadenaban entre sí. Volteaban al pasado para admirar los hallazgos de Copérnico, Galileo Galilei, Kepler y Newton y estaban seguros que seguirían suscitándose ininterrumpidamente. El descubrimiento y la conquista de América, la invención del método científico por René Descartes7 y todos los demás logros de la humanidad, hacían de ese periodo una época de esperanza y de absoluta confianza en la razón humana y en el progreso que ésta traería necesariamente.

El triunfo de las ciencias empíricas y la utilización del método cartesiano, tuvo como efecto que las ciencias sociales –entre ellas el Derecho- trataran de imitar el sistema de las ciencias prácticas8 e intentaran purificarse de elementos contaminantes como la moral y la ética, pues éstas no cumplían con los requisitos del método científico. Era opinión común que el progreso del saber científico se debía, primordialmente, a la eliminación de la concepción finalista del universo, que inducía a pronunciar juicios de valor sobre hechos naturales. Debía entonces buscarse la objetividad, entendida como una toma de posición frente a la realidad basada en la neutralidad ética, es decir, prescindiendo de los juicios de valor.9 En ese sentido, el saber jurídico se identificó con el saber científico y su objeto se dirigió principalmente a clarificar y reconstruir sistemáticamente el Derecho positivo al estilo de las ciencias físicas. Esas fueron, seguramente, las premisas que impulsaron a Langdell para revolucionar el método de enseñanza del Derecho en la Universidad de Harvard.

Ahora se considera que el giro copernicano impulsado por Langdell al trasladar la enseñanza del Derecho hacia el cientificismo de la época moderna ha tenido consecuencias ambiguas.10 Por un lado se ve como un acierto el haber dirigido la educación jurídica a la órbita científica de la cultura universitaria, consistente en la exigencia de argumentos razonados, la necesidad de evidencias y el escepticismo respecto de las presunciones o suposiciones que carezcan de pruebas. Por el otro lado se considera un error no haber visualizado que el Derecho es una ciencia social o humana y no empírica y por lo tanto no puede estar sujeta de manera estricta al método científico. Las profesiones humanísticas –como el Derecho- son más un arte que una disciplina científica, se dirigen más hacia la experiencia (expertise) en su ejercicio que a la comprobación empírica de sus resultados.

Ese rigor sistemático perseguido por las universidades en la preparación de los estudiantes que establecía la separación de la teoría y la investigación, por un lado, de la experiencia práctica por el otro y que otorgaba prioridad a la claridad de la primera (las ideas claras y distintas de Descartes) sobre la ambigüedad de la segunda, prevaleció durante todo el siglo XIX y la mitad del XX.

Desde mi punto de vista, otro cambio de paradigma no en la educación, sino en la concepción del Derecho en general, se da una vez terminada la Segunda Guerra Mundial con los Juicios de Núremberg, que recuperan para el mundo jurídico el iusnaturalismo e inician la decadencia del positivismo cientificista imperante hasta entonces. El positivismo jurídico había estado gestándose desde finales del siglo XVIII. Se trata de una filosofía en la cual los juristas poco a poco se fueron alejando del Derecho natural atraídos por el estudio del Derecho positivo. Durante toda la primera mitad del siglo XX el positivismo jurídico, sobre todo en la forma presentada por la Teoría Pura del Derecho de Hans Kelsen11 en el mundo del civil law y después por El Concepto de Derecho de H.L.A. Hart, 12 en el common law dominaría casi sin oposición el escenario jurídico europeo. El positivismo jurídico afirma que no existe otro Derecho que el Derecho positivo. No hay más Derecho que el legislado, dirían sus seguidores. Los juristas que suscribían esta ideología consideraban al Derecho natural como un residuo de actitudes no científicas que debía ser descartado dondequiera que apareciera.13

Pues bien, como se sabe, al terminar la conflagración, se instalaron los Tribunales de Núremberg –formados por jueces miembros de las naciones aliadas que triunfaron- para juzgar a los jerarcas, funcionarios y militares nazis por los delitos cometidos durante el régimen del Nacional Socialismo (Nazi) y sobre todo durante la guerra. Los jueces de Núremberg dictaron sus sentencias condenando a los nazis por crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad con fundamentos propios del iusnaturalismo, atendiendo a principios jurídicos, valores, derechos fundamentales, moral y ética y con apoyo en las ideas del filósofo alemán Gustav Radbruch.14 La premisa fundamental de Radbruch establecía que las leyes extremadamente injustas no son Derecho,15 posición que contradecía frontalmente al positivismo imperante en Alemania y en el mundo. La Formula Radbruch, como se le conoce hasta ahora, fue utilizada por los jueces de Núremberg como fundamento de sus sentencias, para contrarrestar los argumentos de los defensores de los nazis, quienes alegaron –en clave positivista- que los acusados obedecían leyes formalmente decretadas que por tanto les obligaban. Las sentencias dictadas en Núremberg inauguraron una nueva época para el Derecho en el mundo: la del renacimiento del iusnaturalismo. A partir de entonces los tribunales en todo el mundo comenzaron a invocar con más frecuencia los principios generales del Derecho, comunes a todos los pueblos civilizados y los juristas y teóricos del Derecho, comenzaron a mostrar una orientación anti-positivista, apegada a la ética, a la moral, a los valores y a los principios generales del Derecho que es la tendencia jurídica mayoritaria en la actualidad.

Ahora se percibe claramente un movimiento generalizado hacia la enseñanza y la práctica del Derecho con fundamentos éticos y con vocación razonable, pues el mundo moderno se ha dado cuenta que es contraproducente limitar la educación a los aspectos que pueden ser probados empíricamente (ciencias físicas), aislando el conocimiento del marco interpersonal, de la ética y los valores. Es claro que el éxito en la profesión –y en la vida- no depende del Coeficiente Intelectual (IQ), sino que es mucho más importante la Inteligencia Emocional (EQ) que permite razonar de manera flexible e innovadora. No basta tener desarrollada la racionalidad, es indispensable que los abogados sean además personas razonables. La razonabilidad es una facultad de la inteligencia que permite distinguir lo verdadero de lo falso, lo bueno de lo malo; permite también, a quien la posee, deducir de manera prudente las diferencias en relación a los hechos o a las propuestas que se le presentan y tomar la mejor decisión en cada caso.16 Una persona razonable pone sobre la mesa sus razones, pondera las de los demás y puede llegar a acuerdos justos, tanto para sus clientes como para sus contrapartes. Esto forma parte de la Inteligencia Emocional.

La ética, la justicia, la razonabilidad y los demás valores que forman parte de la Inteligencia Emocional deben aprenderse e interiorizarse. Esa es la función que se ha propuesto el Holloran Center cuando busca formar en los estudiantes una Identidad profesional, entendida como el desarrollo profesional proactivo, encaminado a la excelencia, que abarque aquellas cualidades (competencias) para que el ejercicio de su profesión tenga un propósito con sentido ético y responsable. Esa identidad profesional, determinará cómo debe entenderse lo aprendido y guiará al estudiante en el ejercicio profesional y en su vida diaria. La visión del Holloran Center y de su director, el profesor Hamilton es que el sentido supera a la información, pues establece el modo en que esa información es enmarcada, comprendida y procesada.

La educación de los abogados debe ser reformada para dirigir su atención no solo a los aspectos técnicos, sino –en la misma medida- a la formación de la identidad profesional con sentido y propósito de los estudiantes. Parece que estamos en las etapas iniciales de un movimiento histórico, de un cambio de paradigma, encabezado por el Holloran Center.

 

III ] El Profesor de Derecho como ejemplo ejemplar 17

 

Hemos visto en el punto anterior el esfuerzo del Holloran Center por lograr un cambio de paradigma en la educación jurídica; para que ésta no se concentre solamente en los aspectos técnico-científicos, sino que incorpore la búsqueda de una identidad profesional en los estudiantes y abogados, de tal forma que encuentren en el ejercicio responsable de su profesión, con valores y ética, un sentido para su vida. ¿Pero cuál es el papel del profesor de Derecho en este movimiento educativo?

Vivimos en una época post-ideológica, en la que se prescinde de los factores e ideologías de integración social que funcionaban como guías para la vida en las épocas pasadas. En la época clásica fueron la filosofía de los grandes maestros –Sócrates, Platón, Aristóteles, Cicerón, entre otros- la que marcaba la ruta a seguir para lograr la excelencia. A través de la Paidea18 se buscaba formar tipos humanos ejemplares que se constituyeran en modelo para las generaciones venideras. La imitación de la excelencia era el camino. Si se quería obtener sabiduría, era preciso seguir las doctrinas de los grandes maestros. Para sobresalir como pintor o escultor se debía imitar y reproducir la obra de los grandes estatutarios y pintores antiguos, como Fidias, Mirón, Cresilas y Policleto. Todos ellos –filósofos y artistas- alcanzaron una dignidad superior, habían logrado la perfección y su trabajo permanecía como modelo a imitar por las generaciones posteriores.

En la Edad Media Europa se volcó hacia un único modelo, aquel constituido por la doctrina de la religión cristiana. La filosofía, la historia, la ciencia y el Derecho se rindieron ante la verdad revelada y se olvidaron en gran medida de las enseñanzas y del modelo –paidea- de la civilización greco latina. La religión cristiana se convirtió en la ideología dominante, en un único patrón ejemplar aceptado de perfección humana. Si se buscaba la salvación se debía imitar a Jesucristo y seguir la rectoría de la Iglesia. En el Renacimiento, la época que siguió, se trató de superar el pasado inmediato –la edad media, edad de la oscuridad- y restaurar el pasado remoto, el de la antigüedad clásica, que nuevamente se adopta como ejemplar y se aspira a imitar. Viene después la época moderna un tiempo en que los grandes avances tecnológicos y científicos, el descubrimiento de América, el surgimiento de los Estados soberanos, el florecimiento de las artes y de la literatura nacionales, impulsaron la idea de que con su inteligencia y voluntad los seres humanos podrían lograr lo que se propusieran. Se consideraba que los grandes descubrimientos científicos y tecnológicos se seguirían dando de manera ininterrumpida pues la humanidad pasaba por una época de progreso continuo e imparable.19 La confianza excesiva en el progreso y en la razón humana se vio truncada con las Guerras mundiales y con los horrores de los totalitarismos que le siguieron. De igual modo, la crítica Nihilista de finales del siglo XIX de Hegel y Nietzsche y los movimientos contraculturales de los años sesenta del siglo XX, terminaron con el principio de autoridad –auctoritas- que había sido la clave para el desarrollo de las sociedades de las épocas anteriores. Cayeron las antiguas creencias colectivas que mantenían la cohesión social, como la filosofía, la religión y el patriotismo. Cayó también la legitimidad y el prestigio de los modelos personales cotidianos como el padre, el profesional, el maestro, el político y el sacerdote.

En la postmodernidad –la época actual- nuestra civilización ha alcanzado conquistas incuestionables como la democracia, los derechos humanos, el estado de bienestar, la justicia en el orden internacional, el desarrollo de la ciencia y la tecnología y sobre todo la tolerancia. Vivimos la mejor de todas las épocas, tanto por el desarrollo material como moral. Esto lo constatamos respondiendo a una simple pregunta: en qué época nos hubiera gustado vivir si fuéramos pobres, mujeres u homosexuales; si estuviéramos enfermos, discapacitados o presos; si profesáramos una religión distinta a la oficial o fuéramos disidentes políticos. Hay una sola respuesta: en la época actual.20 Vivimos en una época de libertad consumada en la que los derechos humanos han alcanzado máximos históricos. Sin embargo, la sociedad postmoderna es una sociedad individualista, en la que se ha instalado un pluralismo y relativismo axiológico; una sociedad acostumbrada a no reprimirse, con una diversidad cultural y una complejidad intrínseca que la hace desconfiar de las ideologías del pasado, sean filosóficas, religiosas, políticas o científicas. Una época en la que todos quieren ser únicos, innovadores y autosuficientes, en la que las imitaciones se ven con recelo. Un tiempo de irreverencia hacia la autoridad que antes representaban los mayores, los padres, los maestros, los gobernantes, etc. que han caído en el descrédito, al igual que las ideas del pasado.21

Ante la caída de los patrones cívicos de comportamiento hemos sido testigos de una proliferación de leyes y reglamentos que tratan de regular y castigar un abanico inmenso de conductas en todas las regiones de la vida, pero que claramente han fracasado en regir el comportamiento ciudadano. Ese fracaso se debe principalmente a la percepción moderna de que las leyes rigen solo los aspectos externos de la esfera humana y no pueden intervenir en el ámbito interno, el cual está reservado a la moral y la ética.22 ¿Cómo resolver esta situación? No cabe duda que la solución no está en dictar más leyes, sino en promover una cultura generalizada de comportamiento ético que eleve el nivel de convivencia social con base en principios generales que puedan interiorizarse y no en frías normas legales cuya obligatoriedad se basa en la coacción del Estado. Como el comportamiento ético no puede forzarse a través de leyes ni enseñarse en conferencias o clases magistrales, sino que se aprende por imitación, cobra una relevancia extraordinaria la ejemplaridad y en el caso particular, la de profesor de Derecho ejemplar.

Toda persona es un ejemplo y todo ejemplo es ejemplo de algo, dice Javier Gomá Lanzón en la obra citada23. Sin embargo, hay que distinguir entre el ejemplo y la ejemplaridad. Continuamente observamos figuras populares que son ejemplos sin ejemplaridad como esas celebridades que alimentan la curiosidad y la vanidad de las masas con sus comportamientos extravagantes y sus opiniones banales. Numerosos artistas del entretenimiento y deportistas, buscan notoriedad por ese camino.24 Lo mismo ocurre con aquellos que han fijado como objetivo de vida el poder político o económico o recibir reconocimientos y honores.25 Todos esos ejemplos están privados del valor de la ejemplaridad, porque no aportan nada al sentido profundo y simbólico de una vida lograda. Su ejemplo se convierte en anti-ejemplo y se disuelve en el ruido de las palabras o en la exhibición de actitudes extravagantes y presuntuosas.

Por otro lado, tenemos a los hombres y mujeres que han trascendido por su genialidad. ¿Es posible tomar a esos prototipos humanos como ejemplos ejemplares? Pese a la admiración que producen esos seres superiores que logran con su inteligencia o su habilidad dominar los secretos más recónditos de una ciencia, una profesión o un arte, su misma perfección, reservada solo a los mejores, carece de la naturaleza propia de la ejemplaridad que es, precisamente, la posibilidad de generalizarse. La genialidad del genio es inimitable por ser única. Se encuentra fuera del alcance del común de las personas. A lo sumo –como afirma Kant26- esos ejemplos, aunque inimitables podrán servir para despertar a futuros genios al sentimiento de su propia genialidad.27 Tampoco podemos tomar como ejemplos ejemplares a las élites y aristocracias que en otras épocas fungieron como modelos y que ejemplifica José Ortega y Gasset en La Rebelión de las Masas28 de las que solo esperaba docilidad, obediencia y servidumbre, reservando la guía y dirección a los mejores.

En la época actual debe promoverse una ejemplaridad distinta que sea eficaz como ideal civilizatorio en una sociedad igualitaria, democrática y secularizada. Un ideal civilizatorio que contribuya a disminuir los problemas que aquejan a nuestra civilización –violencia, corrupción, daños a la ecología, falta de solidaridad, desproporciones económicas y un enorme etcétera- y que al mismo tiempo produzca confianza y empatía entre todos los miembros de la sociedad considerados como iguales, que produzca un efecto cívico positivo, propicio a la convivencia pacífica.

Esta ejemplaridad de base igualitaria corresponde a las personas comunes y corrientes. A esas personas cotidianas que pueden ser cabeza de familia, profesores, profesionistas competentes, trabajadores responsables, comerciantes y empresarios comprometidos con el bien común. Esas personas ejercen influencia en los círculos a los que pertenecen y por tanto su vida y su comportamiento es ejemplo para bien o para mal.

¿Cómo convertir ese ejemplo en ejemplaridad? A través del ejercicio cotidiano de ciertas virtudes, entre ellas la honestidad y la prudencia. La primera es esbozada por Cicerón en su estudio sobre el concepto honestum,29 al que considera una conjunción de las cuatro virtudes clásicas: sabiduría, magnanimidad, justicia y decorum. Una persona honesta, además de sabia, magnánima y justa debe exhibir una uniformidad, una regularidad, una rectitud básica, en suma, una ejemplaridad, término que sustituye al decorum dada las connotaciones ornamentales que ese término tiene en la actualidad.30 Por su parte, la prudencia es la capacidad para discernir la acción más conveniente, la más justa en cada caso.31 La honestidad y la prudencia son virtudes que se aprenden mediante su práctica cotidiana. Ambas configuran un prototipo de ser humano, el prototipo excelente, que encarna una ley personal de una armonía de los valores estimados por la comunidad y susceptibles de generalización social. Esas virtudes tienen un denominador común: la moderación lo que Aristóteles denominó justo medio. Ser honesto y prudente significa aprender a encontrar el término medio entre el exceso y el defecto.

Como se ve, una persona ejemplar es una individualidad que ha sabido encontrar un sentido a su vida, una vida plenamente significativa.32 Una existencia sin matices extraordinarios, que no está basada en la excentricidad, en experiencias exóticas, inusitadas o personalísimas; en suma, una vida que pueda generalizarse al ser percibida como igualitaria. Montaigne, el maestro del arte de vivir, con sabiduría afirma que las vidas más hermosas son… aquellas que se acomodan al modelo común y humano, con orden, pero sin milagro, sin extravagancia.33

Los profesores de Derecho son candidatos idóneos para portar y transmitir esa ejemplaridad igualitaria. Porque para educar a los estudiantes no basta transmitirles los aspectos teóricos y prácticos del Derecho; tampoco es suficiente mostrarles las leyes y normas de comportamiento que rigen a la sociedad. Desde luego que no deben menospreciarse esos aspectos, que son fundamentales en un buen profesor, pero a la par es indispensable proyectar el ejemplo persuasivo de su vida y formular en clase los juicios aprobatorios o desaprobatorios acerca de los ejemplos ajenos de conducta.

Es evidente que el profesor de Derecho tiene un currículum oculto, formado por todo aquello que proyecta con independencia de la exposición académica dentro del salón de clase. Ese currículum lo expresa a través de su modo de pensar y de expresarse, su presencia física, la forma como trata a los alumnos y colegas, la importancia que otorga a su función educativa. Esa actitud se complementa fuera de la universidad con su comportamiento en todas las demás dimensiones de su vida. La ejemplaridad debe proyectar una coherencia lineal entre lo que piensa, lo que dice y lo que hace en todas las facetas de la existencia –familiar, social, profesional- así como todas las etapas de su ciclo vital. Como dice Gomá Lanzón, solo puede considerarse como ejemplar aquel que ha encontrado un estilo de vida –un ethos- que en las diferentes partes de su biografía haya triunfado, con mayor o menor intensidad, sobre la vulgaridad de origen.34

Los estudiantes universitarios, con su razonamiento despierto y la acumulación de experiencias, tienen la capacidad crítica necesaria para hacer suyos aquellos ejemplos que merecen ser interiorizados y convertidos en arquetipos ejemplares y para desechar aquellos que no los convencen. Por otro lado, el ejemplo que proyecta el profesor debe ser percibido como posible. Esa posibilidad se aprecia cuando la conducta ejemplar se muestra como natural, como un hábito, una repetición continua. El hábito muestra que el ejemplo no solo es posible y real, sino que también es normal y esa normalidad inspira una familiaridad a la que los estudiantes pueden acogerse. La honestidad, la prudencia, la justicia, la nobleza, la sencillez y todas las demás virtudes que proyecta el profesor ejemplar sólo se captan en su actuar, no pueden encapsularse en definiciones o conceptos. Por ello la ejemplaridad debe transmitirse a través del currículum oculto que muestra una vida lograda y con sentido, vivida de manera íntegra en todos los aspectos o dimensiones de la existencia.

Ese ejemplo que se recibe de manera vertical por los alumnos, tiene la posibilidad de extenderse horizontalmente, de abrirse a la universalidad, de socializarse y convertirse a su vez en ejemplaridad para otros. Cuando un estudiante observa que el profesor es honesto, justo, humanitario y compasivo, inmediatamente razona que él también puede serlo. Cuando percibe que el profesor se comporta con urbanidad y civismo su barbarie queda de manifiesto y se motiva a reformarse y a superarse.

Por ello debemos reconducir la educación universitaria a su función esencial: formar ciudadanos libres, cultos, capaces de razonar de manera crítica y autónoma y no a producir horneadas de graduados. La vida de un joven estudiante puede ser transformada educando en la legalidad, la tolerancia, la sencillez, la justicia, el amor al bien común, la solidaridad humana, el respeto a la naturaleza y el patrimonio artístico. Esto solo se transmite mediante el ejemplo y al hacerlo –como afirma Nuncio Ordine- se realiza, en silencio y lejos de los focos un pequeño milagro que se repite cada día en cada escuela de cada país, rico o pobre, del mundo. 35

 

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1 GOMÁ LANZÓN, Javier, Tetralogía de la Ejemplaridad. 4 vols: 1.- Aquiles en el gineceo o aprender a ser mortal 2.- Imitación y experiencia 3.- Ejemplaridad Pública 4.- Necesario pero imposible, Taurus. Madrid, 2014.

2 Gianni VATTIMO, filósofo italiano nacido en Turín en 1936. Recomendamos la lectura de dos de sus obras: El pensamiento débil (con Rovatti, Pier Aldo, eds.), Editorial Cátedra, Madrid, 1988. El fin de la modernidad, Planeta-Agostini, Barcelona, 1993.

3 El Holloran Center www.stthomas.edu/hollorancenter es uno de los 13 centros universitarios dedicados a la educación legal profesional con fundamentos éticos reconocidos por la American Bar Association’s (ABA) Center for Professional Responsibility, en los Estados Unidos de América.

4 SULLIVAN, William M., Professional Formation Social Movement, ABA Center for Professional Responsibility, The Professional Lawyer, Vol. 23, Number 1, 2005

5 La innovación educativa en medicina sucedió en los inicios del siglo XX. La American Medical Association (AMA) preocupada por la deficiente preparación de muchos médicos, encargó a la Carnegie Foundation for the Advancement of Teaching un estudio del estado de la educación médica en Estados Unidos y Canadá. Del estudio llevado a cabo en 1910 por Abraham Flexner –quien no era médico sino educador- (Flexner Report) resultaron recomendaciones para mejorar sustancialmente la educación médica. Surgió un nuevo modelo de escuelas de medicina, basadas en la estructura de la facultad de medicina de la Universidad Johns Hopkins en la ciudad de Baltimore, que había importado de Alemania las más recientes técnicas para la educación científica de la medicina. El modelo combinaba la academia y la práctica; un riguroso estudio de las ciencias con dos años de entrenamiento clínico, lo que a la postre implicó una considerable innovación institucional. Los futuros médicos aprendían a profundidad las ciencias vinculadas con su profesión en las aulas y en los laboratorios; al mismo tiempo que practicaban en un nuevo tipo de hospital especialmente organizado para aplicar el conocimiento científico en la práctica clínica. Al final, los estudiantes tenían un año completo de experiencia hospitalaria supervisada a la que llamaron Internado (Internship). El modelo dio excelentes resultados y hasta la fecha es el que utilizan la gran mayoría de las universidades en el mundo entero. Vid. The Flexner Report of 1910 and Its Impact on Complementary and … https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC3543812/

6 Los principales pensadores Ilustrados fueron: Tomas Hobbes (1588-1679), René Descartes (1596-1650), John Locke (1632-1704), Charles Luis Montesquieu (1689-1755), Voltaire (1694-1778) Benjamín Franklin (1706-1776), David Hume (1711-1776), Jean Jacques Rousseau (1712-1778) y Denis Diderot (1713-1784), D’Alembert (1717-1783), Adam Smith (1723-1784), Emmanuel Kant (1724-1804), Thomas Jefferson (1743-1826). Se denomina Siglo de las Luces al trascurrido de 1688 a 1800.

7 El Método científico publicado en la obra El Discurso del Método por René Descartes en 1637 es: «un método o procedimiento que ha caracterizado a la ciencia natural desde el siglo XVII, que consiste en la observación sistemática, medición, experimentación, la formulación, análisis y modificación de las hipótesis» Vid: Oxford English Dictionary.

8 Se distinguen las Ciencias empíricas, físicas, prácticas o de la naturaleza, de las Ciencias sociales, humanas o formales. Las primeras son las que estudian la naturaleza, como la biología, la física o la química. Su objeto es la descripción del mundo físico. Su idioma son las matemáticas y solo consideran real lo demostrable en el ámbito empírico o de la experiencia. En cambio, el objeto de las Ciencias sociales no es el mundo físico, sino los hechos humanos y sus relaciones. Aquí caben la filosofía, incluyendo la ética y la lógica, el derecho, la sociología, la psicología, etc. Su finalidad es sistematizar esos campos del saber.

9 Vid. BOBBIO, Norberto, El Problema del Positivismo Jurídico, Fontamara, México, 12 edición, 2012

10 SULLIVAN, William M., Professional Formation Social Movement, ABA Center for Professional Responsibility, The Professional Lawyer, Vol. 23, Number 1, 2005.

11 KELSEN, Hans, Introducción a la Teoría Pura del Derecho, Traducción y prólogo de Emilio O. Rabasa, Ediciones Coyoacán, México, 2009

12 HART, H.L.A. The Concept of Law, Oxford University Press, Oxford, 1961 (Existe una traducción al español: El Concepto de Derecho, Traducido por Genaro R. Carrió, Abeledo Perrot, Buenos Aires)

13 Vid. BOBBIO, Norberto, El problema del Positivismo Jurídico, Fontamara, 12 edición, México, 2012

14 Gustav Radbruch, filósofo alemán nacido en 1878 en Lübeck, profesor de derecho penal y de filosofía del derecho en las universidades de Königsberg, Kiel y Heidelberg, de la que fue expulsado en 1933 por el régimen nazi, para reintegrarse en 1945 –al final de la guerra- como Decano de la propia universidad. Murió en Heidelberg en 1949.

15 Consultar: RADBRUCH, Gustav, Leyes que no son Derecho y Derecho por encima de las Leyes incluido en Derecho Injusto y Derecho Nulo, G. RADBRUCH, E. SCHMIDT, H. WELZEL, Aguilar, Madrid, 1971. RADBRUCH, Gustav, Five Minutes of Legal Philosophy (1945), Traslated by Bonnie Litschewski Pulson and Stanley L. Paulson, Oxford Journal of Legal Studies, Vol. 26, No. 1 (2006), pp. 13-15

16 Fue John Rawls (1921-2002) el filósofo norteamericano, profesor de Harvard, quien profundizó más en la diferencia existente entre lo racional y lo razonable. Rawls parte de un entorno social democrático en el que se considera a las personas como seres libres y sociales. Para él, la marca del demócrata es la razonabilidad, pero ser razonable no equivale a ser racional. Vid. RAWLS, John, Political Liberalism, Columbia University Press, New York, 2005, The Reasonable and the Rational, pp. 48 y ss

17 En relación al tema de la ejemplaridad a que me referiré en este apartado, me basaré principalmente en el libro Ejemplaridad Pública del filósofo Javier Gomá Lanzón, que forma parte de su Tetralogía de la Ejemplaridad, Taurus. Madrid, 2014.

18 Paidea es un término que se resiste a ser encerrado en una formula abstracta. Es el nombre que toma el modelo de educación en la Grecia clásica. Una idea que a los ojos de la cultura moderna resume los conceptos de civilización, cultura, tradición, literatura y educación; además de un corpus de doctrinas como filosofía, retórica, literatura, historia, ciencias, todo ello orientado a la formación un modelo humano que englobara con armonía las excelencias más estimadas. Para los griegos, cada una de estos términos era un aspecto del concepto general. La Paidea constituía un modelo para conformar la personalidad de la juventud. Vid. JAEGER, Werner, Paidea, Fondo de Cultura Económica, México, duodécima reimpresión, 1996.

19 Stefan Zweig, en su autobiografía afirmaba: El siglo XIX, con su idealismo liberal, estaba convencido de ir por el camino recto e infalible hacia “el mejor de los mundos”. Se miraba con desprecio a las épocas anteriores, con sus guerras, hambrunas y revueltas, como a un tiempo en que la humanidad aún era menor de edad y no lo bastante ilustrada. Ahora, en cambio, superar definitivamente los últimos restos de maldad y violencia solo era cuestión de unas décadas, y esa fe en el “progreso” ininterrumpido e imparable tenía para aquel siglo la fuerza de una verdadera religión; la gente había llegado a creer más en dicho “progreso” que en la Biblia, y su evangelio parecía irrefutablemente probado por los nuevos milagros que diariamente ofrecían la ciencia y la técnica. ZWEIG, Stefan, El Mundo de Ayer, Memorias de un Europeo, Acantilado, Barcelona, 2011, p.19

20 Javier Gomá Lanzón, afirma que Nuestra época es la mejor de la historia universal (El País Semanal, 23 de enero de 2015), al igual que Steven Pinker en sus libros The Better Angels of Our Nature y Enlightment Now. The Case for Reason, Science, Humanism and Progress, quien señala que ahora podemos estar viviendo en la era más pacífica de nuestra existencia como especie. Antes de ellos Karl Popper en The Open Society and its Enemies, afirma que la sociedad occidental de nuestro tiempo es el mejor mundo que ha existido y la sociedad abierta de nuestros días es la más libre, próspera y justa que haya conocido la humanidad.

21 Al respecto, George Steiner dice que la época actual es la era de la irreverencia; la admiración y mucho más la veneración se han quedado anticuadas. Cuando se eleva el incienso se hace ante el atleta, estrellas del pop, locos del dinero o los reyes del crimen. La idea del sabio roza lo risible. Hay una conciencia populista e igualitaria. STEINER, George, Lecciones de los Maestros, Siruela, FCE, México, 2004, p.172

22 La famosa dualidad Kantiana: el derecho es externo, la moral interna. Vid. KANT, Emmanuel, Metafísica de las Costumbres. A través de Max Weber y su discípulo Hans Kelsen y su Teoría Pura del Derecho, el dualismo Kantiano influye en el positivismo jurídico de los siglos XIX y XX.

23 GOMÁ LANZÓN, Javier, Ejemplaridad Pública, Op. cit. p.247

24 Lo anterior ha llevado a Sarah Bakewell a afirmar que el siglo XXI está lleno de gente que está llena de sí misma. … miles de individuos fascinados por sus propias personalidades y gritando en busca de atención. BAKEWELL, Sarah, Cómo vivir, Una vida con Montaigne, Ariel, Barcelona, 2011

25 Según Aristóteles la felicidad no se logra con la satisfacción de deseos como enriquecerse, tener éxito, recibir honores y reconocimientos, sino viviendo la vida como es debido, lo que él llama vida buena, que no es otra cosa que una vida virtuosa. Debemos aprender a distinguir entre varios tipos de bienes: los bienes internos: como los del alma –sabiduría, prudencia, justicia, magnanimidad, generosidad- y los del cuerpo, como la salud y la belleza. Por otro lado, los bienes externos, como la riqueza, la nobleza, los honores y el éxito. Todos contribuyen a la vida buena pues sin salud, belleza, prosperidad difícilmente habría felicidad. Pero son los del alma, los que constituyen la función propia y exclusiva del ser humano. ARISTÓTELES, Ética Nicomáquea, 1098b 10 y ss.

26 KANT, Emmanuel, La Crítica del Juicio, 46 Arte bello es arte de genio. Gredos, Madrid, p.433 y ss.

27 Existen diversas teorías acerca de los hombres superiores, eminentes y egregios: el Superhombre de Nietzsche, en Así Habló Zaratustra (1883); la Teoría de los Héroes de Carlyle (1841) o de los Hombres representativos de Emerson (1845)

28 ORTEGA Y GASSET, José, La Rebelión de las Masas, en Obras Completas, Tomo IV, 1926/1931, Taurus, España, 2005

29 CICERÓN, Sobre los deberes, I, 31

30 GOMÁ LANZÓN, Javier, Ejemplaridad Pública, Op. cit., p. 239

31 Parece propio del hombre prudente el ser capaz de deliberar rectamente sobre lo que es bueno y conveniente para sí mismo, no en un sentido parcial … sino para vivir bien en general. La prudencia es un modo de ser racional verdadero y práctico, respecto de lo que es bueno y malo para el hombre. ARISTÓTELES, Ética Nicomáquea, 1140a 25-35 y 1140b 5

32 GOMÁ LANZÓN, Javier, Ejemplaridad Pública, Op. cit., p. 294

33 MONTAIGNE, Michel de, Los Ensayos, según la edición de 1595 de Marie de Gournay, Libro III Capítulo XIII, Acantilado, Barcelona, 2007, p.1668

34 GOMÁ LANZÓN, Javier, Ejemplaridad Pública, Op. cit., p. 316

35 ORDINE, Nuncio, Clásicos para la vida, una pequeña biblioteca ideal, Acantilado, Barcelona, 2017, pp. 13, 14 y 22