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FACULTAD DE DERECHO · UNIVERSIDAD PANAMERICANA · CAMPUS GUADALAJARA

Enfoques de formación del abogado del siglo XXI

 

MARIO DE LA MADRID ANDRADE1

ARIANNA SÁNCHEZ ESPINOSA2

 

SUMARIO: I. Introducción. II. El abogado del siglo XXI. III. Enfoque de formación basado en macrocompetencias. IV. Enfoque de formación basado en la transdisciplinariedad. V. Enfoque de formación basado en el pensamiento crítico. VI. Conclusiones

 

Resumen: El presente artículo incorpora parte de los resultados de la implementación de un modelo curricular basado en macrocompetencias, considerando las tendencias de la ciencia jurídica en el contexto actual con una visión del perfil del abogado del siglo XXI. El objetivo principal es la valoración de la formación del abogado desde las perspectivas de macrocompetencias, la transdisciplinariedad y la construcción crítica del pensamiento.

En el primer enfoque se presenta un modelo de plan de estudios basado en macrocompetencias, fundamentado en una pedagogía activa, con flexibilidad curricular e innovador. En el segundo enfoque se reflexiona sobre la transdisciplinariedad como proceso de generación de relaciones recíprocas entre disciplinas para generar una visión integral en el abogado. En el tercer enfoque se expone el razonamiento crítico desde el método del caso para la construcción de soluciones justificadas a casos concretos.

Estos enfoques tienen la intención de generar en los estudiantes habilidades y competencias para cumplir con un perfil específico del abogado del siglo XXI que caracterizamos por ser capaz de emitir soluciones justificadas ante los planteamientos que se le formulan dentro de las áreas pública y privada. Generar conocimientos científicos, a partir de diferentes metodologías, para contribuir a la transformación de una sociedad más justa y solidaria.

 

Palabras clave: Macro competencias, Abogado del siglo XXI, Método del caso, Transdisciplinariedad.

 

Abstract. This article incorporates part of the results of the implementation of a curricular model based on macro-competences, considering the trends of legal science in the current context with a vision of the profile of the lawyer of the 21st century. The main objective is the assessment of the lawyer's training from the perspectives of macro-competences, transdisciplinarity and critical construction of thought.

The first approach presents a curriculum model based on macro-competences, founded on an active pedagogy, with curricular flexibility and innovation. The second approach reflects on transdisciplinarity as a process of generating reciprocal relations between disciplines to generate an integral vision in the lawyer. The third approach presents critical reasoning from the case method for the construction of justified solutions to specific cases.

These approaches are intended to generate skills and competencies in students to meet a specific profile of the 21st century lawyer that we characterize as being capable of issuing justified solutions to the proposals formulated within the public and private areas. To generate scientific knowledge, based on different methodologies, in order to contribute to the transformation of a fair and supportive society.

 

Keywords: Macro-competencies, 21st Century Lawyer, Case Method, Transdisciplinarity.

 

I ] Introducción

 

El siglo XXI, como todas las épocas históricas de la humanidad, nos presenta una serie de retos y expectativas ante el dinamismo de la realidad social y tecnológico. En este contexto y como parte del fenómeno social y cultural, el Derecho adquiere una relevancia especial por su impacto en la problemática social, cultural, económica, política y tecnológica y, en este sentido, el profesional de la ciencia jurídica tiene una posición estratégica para contribuir en la transformación social.

El abogado del siglo XXI se caracteriza por ser una persona que, a partir del pensamiento crítico, es capaz de proponer soluciones jurídicas justificadas ante los planteamientos que se le formulan en las áreas en las que se desenvuelve (públicas y privadas) con una perspectiva integral, innovadora y humanista; asimismo, es capaz de generar conocimientos a partir de diferentes metodologías, para contribuir a la transformación de una sociedad más justa y solidaria.

En el presente artículo se presenta una valoración de la formación del abogado del siglo XXI desde diferentes enfoques interrelacionados y desarrollados en el modelo curricular que se plantea.

En este sentido, el trabajo se desarrolla en tres apartados que contienen los enfoques analizados: en el primer enfoque se presenta un modelo de plan de estudios basado en macrocompetencias, fundamentado en una pedagogía activa, con flexibilidad curricular e innovador.

Este enfoque tiene la intención de fortalecer las habilidades y conocimientos de los futuros abogados para que sean capaces de adaptarse de manera eficiente a los cambios que la ciencia y el ejercicio de la profesión les exige, procurando el pensamiento crítico reflexivo, dando mayor énfasis a la participación reflexiva del estudiante en su proceso formativo, así como procurar su inmediata inserción en el entorno real para que el jurista sea capaz de proponer soluciones justificadas a las situaciones que se presenten en el ejercicio de su profesión

En el segundo enfoque se reflexiona sobre la transdisciplinariedad como proceso de generación de relaciones recíprocas entre disciplinas para generar una visión integral en el abogado, considerando los vínculos estrechos que se generan entre los diversos campos del conocimiento, para lograr la cooperación e integración de saberes para el análisis de los fenómenos sociales a través de una visión de totalidad e integralidad.

Este enfoque busca propiciar la innovación desde el intercambio en la aproximación coordinada de análisis del fenómeno estudiado buscando un propósito común.

En el tercer enfoque se expone el razonamiento crítico desde el método del caso para la construcción de soluciones justificadas a casos concretos desde un enfoque transdisciplinar.

En este enfoque se pretende hacer reflexionar a los participantes en el proceso de enseñanza–aprendizaje del abogado del siglo XXI en la relevancia del proceso intelectivo de aproximación y reconfiguración del conocimiento a partir de la participación directa, crítica, creativa y significativa del estudiante, en el análisis y solución de hipótesis sociales concretas que le brindan la experiencia activa y responsable ante las situaciones que se le presentarán en su ejercicio profesional.

 

II ] El abogado del siglo XXI

 

Conscientes de la realidad que nos presenta la época actual, la cual se caracteriza por ser dinámica e innovadora, la formación del Abogado requiere enfrentar los efectos de la constante transformación de la sociedad, a partir de una efectiva formación académica que lo habilite para ser competitivo en su contexto, y sea capaz de incidir de manera positiva en él.

En este sentido, hemos propuesto, con base en el modelo curricular que se presenta, un perfil específico del Abogado del siglo XXI como aquél capaz de emitir soluciones jurídicas justificadas ante los planteamientos que se le formulan dentro de las áreas pública y privada; así como generar conocimientos científicos, a partir de diferentes metodologías, para contribuir a la transformación de una sociedad más justa y solidaria. A partir de dicho perfil, se plantean una serie de elementos característicos del Abogado inmerso en una cultura globalizada, siendo éstos los siguientes:3

i. Pensamiento crítico.4 El Abogado debe ser capaz de conceptualizar el enunciado normativo, lo que está íntimamente relacionado con las necesidades e intereses de la sociedad para influir o determinar sus reglas de interrelación.

Uno de los principales retos de la enseñanza actual del Derecho es rescatar y evolucionar el razonamiento jurídico dialéctico con la finalidad de lograr el desarrollo de herramientas que permitan al estudiante enfrentarse a su realidad social y política, ya que el enfoque Kelseniano permeó en la cultura jurídica contribuyendo a la memorización de silogismos normativos privando al alumno de la posibilidad de potencializar sus alcances argumentativos.

El mercado laboral exige del profesionista conocimientos, habilidades y actitudes enfocados en el sistema jurídico, su interpretación desde una perspectiva sistémica y transdisciplinaria que le faculte a lograr la aplicación analítica del Derecho en los ámbitos público y privado de una manera responsable y ética, considerando en todo momento la simbiosis con los factores sociales, políticos y económicos, con la principal intención de posicionar al profesionista como un agente fundamental en la transformación de la ciencia jurídica.

ii. Enfoque jurídico multidimensional. Las exigencias de la propia sociedad han contribuido al dinamismo de las teorías científicas, el conocimiento actual busca someter a examen crítico los fundamentos de las disciplinas mediante enfoques transdisciplinares.

Se requiere, entonces, que el profesionista sea capaz de resolver problemáticas de su realidad a partir de las bases teórico–prácticas de la ciencia jurídica; sin embargo, a raíz de la multidimensionalidad de los problemas se ha vuelto cada vez más complicado resolverlos con elementos teóricos.

El reto puede consistir en revisar la metodología y modelos de la ciencia jurídica con la finalidad de construir, de manera crítica, sus lenguajes5 y establecer paradigmas de construcción e interpretación del conocimiento jurídico desde un enfoque transdisciplinar que se adapte a la realidad social y que contribuya a su evolución.

iii. Flexibilidad y proactividad en la obtención del conocimiento. La práctica de la ciencia jurídica, al igual que otras, demanda del profesionista una participación cada vez más activa en la responsabilidad de generación de su propio conocimiento y habilidades.

La auto gestión de las herramientas necesarias para enfrentar la constante transformación social y el impacto multifactorial en la problemática de su contexto, lo obligan a adaptarse de manera rápida y efectiva a los cambios y necesidades del medio que lo conducen a la contrastación de las hipótesis normativas con la realidad social y las circunstancias particulares de cada caso.

El profesional del Derecho debe enfrentarse a la capacidad de asimilar de manera rápida y armónica a los cambios paradigmáticos que se presentan en la realidad social, por lo que el conocimiento debe estar centrado en la adaptación de la metodología y el enfoque que se desarrolle en la generación del conocimiento, ya que se debe entender a la ciencia jurídica como universal y dinámica, no unidireccional y estática.6

Para que esto sea posible, el enfoque en la formación del profesionista es crucial, ya que debe desarrollar habilidades que le permitan analizar, contrastar, construir y evaluar los conocimientos adquiridos tanto en su formación acadctica de los valores y su actuar responaable cocialemnte.lejidad del fenzar, contrastar, construir y evaluar los conocimientos jémica como en su campo de experiencia personal.

iv. Enfoque valorativo. Bajo esta perspectiva, el profesionista comprende la complejidad del fenómeno jurídico y el impacto de su evolución con una solidez ética mediante la práctica de los valores y su actuar con responsabilidad social.

La argumentación del Derecho debe razonarse desde el enfoque valorativo cuya finalidad es desarrollar en el estudioso del Derecho la conciencia del ejercicio en función de la posición adoptada frente a la práctica profesional, reflejada en su actuar ético y responsable.

El Derecho debe construirse a partir de un sistema que impacte de manera positiva en la sociedad a partir de los valores de ésta, con el objetivo de contribuir al progreso de la humanidad.

Los elementos descritos se identifican como modeladores del profesionista del presente siglo en el ámbito de la práctica jurídica, destacando la responsabilidad social de las instituciones educativas formadoras, quienes deben asegurar la vinculación del proceso formativo con la visión del campo disciplinar, el entorno social, político y económico en el que se desarrollará el Abogado, integrando las metodologías pertinentes que propicien el fortalecimiento de la ciencia jurídica, afrontando sus complejidades y retos.

 

III ] Enfoque de formación basado en macro competencias7

 

Como parte de la responsabilidad que asumen las universidades en el proceso formativo de los futuros abogados, se exige una educación pertinente que apueste por contribuir a la reducción de las brechas de la desigualdad, así como a la democratización de nuestros países. Es importante prever que ahora se han dilucidado las fronteras físicas y nos enfrentamos a un entorno globalizado, así que se debe tener en cuenta las tendencias internacionales en el currículo académico para ser competentes internacionalmente.

El modelo curricular basado en macrocompetencias tiene la finalidad de que el abogado egresado se comporte como un agente activo del cambio; adaptándose al contexto normativo y social; que conozca y vincule las herramientas tecnológicas en su desarrollo profesional; que sea capaz de comunicarse de manera asertiva; que procure la solución de controversias por medios alternativos; que domine una segunda lengua; que trabaje de manera conjunta y organizada junto con otras áreas del conocimiento en la solución de los problemas jurídicos, todo esto encaminado a la búsqueda de la justicia para contribuir con el desarrollo armónico de la sociedad.

En este sentido, dicho modelo curricular que tuvo su gestación en la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima se soporta en el modelo educativo UCOL, las demandas del contexto social, así como del propio avance de la ciencia jurídica y su interacción con otras disciplinas del saber.

La fuente psicopedagógica de las macrocompetencias tiene sustento en el enfoque pedagógico centrado en el aprendizaje, en el que el estudiante se identifica como agente activo en la gestión del conocimiento a partir del aprendizaje significativo y la implementación del enfoque constructivista diseñando una trayectoria académica pertinente que integran estrategias didácticas que propician este tipo de aprendizaje.

Bajo estos componentes, se adoptó un enfoque sistémico que tuviera presencia en todas las funciones del profesionista en Derecho, definiéndose éste como proponer soluciones razonadas a los problemas jurídicos que se le plantean desde la esfera de su función. Entonces, el eje esencial del modelo educativo radica en las macrocompetencias, entendida como un objetivo terminal global del egresado que integra un perfil de acción profesional.8 Estas determinan la función del profesionista en todos los ámbitos en los que se desempeñe, permitiendo desde su planteamiento atender las necesidades del contexto y lograr la formación de profesionistas del Derecho que cumplan con los requerimientos de la sociedad y tiendan a ser competitivos en el entorno globalizado.

Se partió de las políticas educativas propuestas por algunas organizaciones como The Partnership for 21st Century Skills, The North Central Regional Educational Laboratory, Edutopia, The 21st Century Literacy Conference, The Australian Department of Education, Research, and Training, para que los países tengan una orientación hacia la enseñanza de habilidades o competencias (knowledge skills) necesarias para el desarrollo del cúmulo de tareas cognitivas (knowledge tasks) que surgen de la interacción entre diversas sociedades del conocimiento contemporáneas.9

Y en este contexto se dimensiona el alcance de nuestros sistemas y modelos educativos, pero vale la pena seguir reflexionando sobre lo que se estudia y la finalidad para la que se realiza, para garantizar la articulación efectiva de los procesos formativos que conduzcan a la generación de profesionistas de calidad.

De acuerdo con la Secretaría de Educación Pública (2012), la concepción sociocultural o socioconstructivista considera a la competencia como una prescripción abierta que es capaz de movilizar e integrar diversos saberes y recursos cognitivos cuando se enfrenta una situación o problema inéditos, y para esto, se necesita que el profesionista acredite su capacidad para resolver problemas complejos y multidimensionales tanto contextual como históricamente. Al llevar a cabo este proceso en una situación concreta, la persona reconstruye el conocimiento y debe estar apto para proponer soluciones o tomar decisiones para los posibles cursos de acción de una manera reflexiva y ética.

Así pues, se definieron las macrocompetencias en el perfil del abogado, como aquel que:

i. Comprende los fundamentos teóricos de la ciencia jurídica para identificar con precisión las normas, los principios y los sistemas jurídicos en su ámbito histórico y contemporáneo relativos a las distintas disciplinas normativas.

ii. Emite decisiones justificadas en el ámbito de la procuración y administración de justicia, aplicando las normas y principios jurídicos con la finalidad de contribuir al establecimiento del Estado Constitucional de Derecho, bajo la perspectiva de los Derechos Humanos, considerando la normativa internacional.

iii. Identifica y analiza situaciones jurídicas para proponer de manera oral o escrita soluciones justificadas a los planteamientos que se le formulen dentro del ámbito público o privado, con base en la normativa aplicable, actuando bajo los principios éticos y de responsabilidad social, considerando el entorno internacional.

iv. Genera conocimiento en el área de la ciencia jurídica, aplicando diferentes metodologías científicas de las ciencias sociales para contribuir en la transformación de ésta con la finalidad de atender las necesidades del contexto social y contribuir a su armonía y la búsqueda de la justicia.

Este modelo innovador a nivel nacional nos permite identificar claramente el perfil de nuestros profesionistas e identificar con precisión las estrategias metodológicas y pedagógicas que nos permitirán alcanzar los objetivos planteados al considera el cambio de paradigma en la conceptualización del Derecho, fundamentado en reformas constitucionales estructurales en materia de derechos humanos, Derecho penal, político electoral, energética, laboral, así como la interpretación y aplicación de tratados internacionales, las cuales obligan a que los estudiantes las analicen y posteriormente las apliquen en una justa dimensión para contribuir al verdadero desarrollo nacional y en el establecimiento del Estado de Derecho democrático y plural.

Con este paradigma curricular, del que recientemente egresó la primera generación en enero de 2020, está sujeto a evaluación y nos sigue presentando una serie de retos, como la formación docente o el perfil del profesorado, quien desempeña un rol descentralizado pero activo mediador de los aprendizajes. Promueve el aprendizaje significativo en todas sus formas: autoaprendizaje, aprendizaje por descubrimiento y aprendizaje por recepción.10

Por otro lado, se diseñó un plan de acompañamiento al estudiante para fortalecer su desarrollo académico, así como su identidad personal y social, cuyo seguimiento se realiza a través de academias por macrocompetencia como eje curricular y por semestre activo, procurando la transversalidad de los conocimientos y la efectiva implementación del modelo.

Se cuenta además con una estrategia de apoyo en las tecnologías de información, ya que nuestros estudiantes cuentan con competencias específicas en el área que les permite aprender utilizando dichas herramientas, por lo que se pretende incrementar su utilización en el proceso de aprendizaje.

En este punto y a pesar de que no es una marcrocompetencia fundamental del modelo curricular que se plantea, la formación de competencias digitales para el aprendizaje es uno de los componentes transversales en la formación del estudiante del Derecho por tres motivos: i. porque a pesar de que el estudiante sepa manipular las tecnologías digitales, es necesario, además, que conozca cómo aprovecharlas para comunicarse, socializar y aprender su profesión, ello requiere de habilidades informacionales, de redacción y presentación de información, de clasificación y gestión de la información particularmente en entornos colaborativos a través de redes de ordenadores y el Internet, de uso de redes sociales más allá de la recreación entre otros; ii. porque las tecnologías digitales son necesarias para el desempeño profesional del Derecho, y en este sentido, el estudiante debe desarrollar la capacidad de discernir y aprender a utilizar aquellas tecnologías que le servirán para ejercer su profesión con efectividad y iii. porque la revolución tecnológica en la que estamos inmersos está transformando las formas y los escenarios en donde se ejerce la profesión y ante ello, el estudiante debe ser capaz de analizar críticamente estos cambios para favorecerlos cuando sean beneficiosos, pero también para oponerse cuando las consecuencias sean perjudiciales.

Al respecto han emergido diversos marcos que son referentes en torno a las competencias digitales que deben poseer los estudiantes universitarios. El Estándar Nacional de Tecnología Educativa elaborado por la Sociedad Internacional para la Tecnología en Educación —ISTE, por sus siglas en inglés— en un ejemplo que considera seis dimensiones: la creatividad y la innovación; la comunicación y la colaboración; la investigación para manejo de la información; el pensamiento crítico, la solución de problemas y la toma de decisiones; la ciudadanía digital y, por último; la operación y conceptualización de las TIC.11

Si bien estos referentes no se centran en la enseñanza del Derecho, —sino que son genéricos para estudiantes universitarios— han sido de gran utilidad para establecer las competencias digitales que caracterizan al modelo de abogado que se presenta.

Por su parte, la enseñanza clínica se propicia a partir de la inserción del estudiante en escenarios reales de práctica profesional, ya sea desde los primeros semestres al incorporarse a los espacios clínicos de la Facultad de Derecho como el Despacho Jurídico, el Programa de Propiedad Intelectual o el Laboratorio de Criminalística o a través del servicio social constitucional y la práctica profesional, desde el sexto semestre de su programa.

En atención a la internacionalización, el programa fomenta la movilidad académica tanto interna con otras escuelas y facultades, como nacional e internacional, aportando esta estrategia a la flexibilidad curricular.

Otra característica que evidencia la flexibilidad del modelo radica en las asignaturas optativas, con una oferta actual de 29 opciones, entre las específicas del área jurídica como otras áreas afines que contribuyan a la formación transdisciplinar de los estudiantes.

Por otra parte, para fortalecer y aplicar el pensamiento crítico, los estudiantes llevan las asignaturas de Casos de Derecho Privado y Casos de Derecho Público y Social en dos niveles, desarrollando un método del caso ad hoc, en las que se les presentan situaciones y problemas reales para su análisis, discusión, propuestas de soluciones y toma de decisiones de manera colegiada y utilizando herramientas digitales en su desarrollo.

Este ejercicio motiva la participación colaborativa de los estudiantes y se modifican los roles entre el profesor y alumno, ya que el primero únicamente funge como guía participativo en el proceso activo de obtención y reconstrucción de conocimiento por parte de los estudiantes.

 

IV ] Enfoque de formación basado en la transdisciplinariedad12

 

En este punto se pretende reflexionar la enseñanza del Derecho con un matiz distinto, apostándole por una vinculación con otras ciencias que aporten hacia los procesos formativos de los futuros abogados. Esta intención tiene como implicación, una negativa rotunda de ponderar el conocimiento del docente sobre la ciencia que enseña como garantía única de formación.

Sobre el concepto de transdisciplinariedad, se identifican algunos elementos esenciales, expuestos por Martínez quien los enfatizó de la manera siguiente:

 

El movimiento intelectual y académico denominado transdisciplinariedad se ha desarrollado mucho en los últimos 15 años; este movimiento desea ir más allá, no solo de la uni-disciplinariedad, sino también de la multidisciplinariedad (que enriquece una disciplina con los quehaceres de otra) y de la inter-disciplinariedad (que lleva, incluso, el orden epistémico y metodológico de una a otra). Aunque la idea central de este movimiento no es nueva (Piaget la proponía ya en los años 70 como una etapa nueva del conocimiento), su intención es superar la parcelación y fragmentación del conocimiento que reflejan las disciplinas particulares y su consiguiente hiperespecialización (lo resaltado con itálicas proviene del texto original) (…)

 

Entonces, identificamos dentro de las fortalezas de los enfoques inter y transdisciplinar precisamente en la conexión que se genera entre varias disciplinas para proporcionar retroalimentación de un objeto de estudio determinado y en este sentido, la transdisciplinariedad se coloca en una dimensión superior que elimina o diluye las fronteras disciplinares para lograr la cooperación e integración de saberes para el análisis de los fenómenos, en el que el Derecho no se excluye ya que tiene estrecha relación con la ciencia política, la sociología, la economía, la antropología, entre otras.

Ahora bien, dependiendo del fenómeno que se analice, cada disciplina, desde su trinchera de acción requiere por naturaleza del trabajo multidisciplinar (diversidad de saberes), interdisciplinar (intercambio de conocimientos) y transdisciplinar (visión de totalidad e integralidad) y a pesar de que el Derecho presente estas interconexiones, la realidad de la formación académica de los abogados en México, refuerza la formación unidisciplinaria.13

No obstante, la resistencia del enfoque unidisciplinario, así como la concepción del Derecho como una profesión preeminente desde las universidades más antiguas utilizando enfoques tradicionales inmutables, la tendencia hacia la integralidad y la innovación solo se pueden reavivar con la inter y la transdisciplinariedad, dirigidas hacia la consecución de un objetivo común del sistema en el que estamos inmersos.

En la actualidad globalizada se confrontan los paradigmas unidireccionales y de unidisciplinariedad por enfoques de interrelación con el entorno y otras ciencias y es en este contexto en el que se debe reflexionar sobre las problemáticas y tendencias que enfrenta el Derecho como profesión en pleno siglo XXI, así como en torno al profesionista que se quiere formar, bajo qué filosofía social, qué contenidos se le habrán de inculcar, con qué fines y no otros, cómo serán los ciclos formativos de un abogado en formación, cuáles deben ser las fronteras en cada área de formación y/o asignatura; el prácticum de los profesionistas en Derecho; los métodos y estrategias de enseñanza del proceso de enseñanza-aprendizaje; los procesos de innovación tecnológica en la enseñanza del Derecho, por mencionar algunos.

Aunado a lo anterior, se puede pensar entonces en objetos de estudio con una demarcación en los procesos de enseñanza-aprendizaje: enfoques pedagógicos, las estrategias de enseñanza, de aprendizaje, los recursos, métodos de evaluación, entre otros. Estos y otros temas más seguirán siendo torales no solo en la didáctica general, sino como parte de una didáctica jurídica. Al respecto, Fix-Zamudio recalca que, en nuestro país, los estudios jurídicos durante mucho tiempo estuvieron abandonados al pragmatismo, y sólo en tiempos muy recientes ha surgido la preocupación por introducir principios técnicos en la enseñanza, por lo que podemos afirmar que la pedagogía jurídica o pedagógica del Derecho es muy joven en nuestro medio.14

Bajo este enfoque, el Derecho debe propugnar por un enfoque apegado a la innovación y al análisis de su campo de estudio con una mirada en la transdisciplinariedad e integrar la implementación de otros métodos como el colaborativo para preparar al estudiante a nuevos paradigmas en su propio proceso de aprendizaje.

No olvidemos que aquellas universidades que se preocupan por enseñar más allá del reducido ámbito de su disciplina generan una ventaja comparativa esencial, la implementación de estrategias de transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho permite el análisis y solución de las hipótesis sociales desde distintas perspectivas, fortaleciendo el aprendizaje activo y de reflexión crítica, en temas que importan a los abogados en la vida real.

Este enfoque no descarta la viabilidad del método de clase magistral, pero consideramos que de manera única es incapaz de responder al requerimiento social abogado que el siglo XXI demanda, ya que requiere fortalecer su capacidad argumentativa a un nivel metodológico que fomente la buena dogmática para la práctica jurídica.15

 

V ] Enfoque de formación basado en el pensamiento crítico16

Como se analizó previamente, el factor de la transdisciplinariedad posibilita el análisis y solución de las situaciones y problemáticas sociales desde distintas perspectivas, con reflexión crítica y que permite la reconstrucción del conocimiento en contextos particulares que lo someten a falsabilidad. Esto es que, si bien un problema legal no posee una única solución jurídica, también lo es que en una hipótesis social convergen tópicos de disciplinas diversas, es decir, es multidimensional.17

Esta multidimensionalidad de los problemas sociales ha impulsado la necesidad de la reflexión sobre la viabilidad actual del modelo de enseñanza–aprendizaje en las Escuelas de Derecho, propiciando la implementación y desarrollo de otros esquemas metodológicos más colaborativos y con énfasis en la responsabilidad del estudiante sobre su propio proceso de obtención y generación de conocimiento.

Como parte de estos esquemas metodológicos, se ha incrementado la tendencia hacia la utilización del método del caso en el proceso formativo de los futuros abogados, para propiciar en los estudiantes un pensamiento crítico que abone en construcciones lógico jurídicas para solución de hipótesis sociales concretas y multidimensionales de manera integral.

De acuerdo con Vallespín,18 el referido método del caso plantea el estudio de una hipótesis social basada en circunstancias problemáticas cuyo objetivo es despertar en el estudiante el interés por el análisis, el debate y la reflexión individual y grupal, en el que tiene una participación activa y requiere de una serie de conocimiento transdisciplinares y trasversales anteriores.

El elemento base del método es el caso que, siguiendo a Vallespín, la podemos identificar como el instrumento u objeto educativo que contempla una narrativa que describe una situación real o ficticia y verosímil, construida alrededor de conceptos fundamentales de un área de la ciencia jurídica que merece un examen en profundidad y admiten diversas soluciones–problemas divergentes.19

Una vez presentado el caso a los estudiantes, éstos llevan a el proceso analítico reflexivo, mientras que el profesor funge como guía a partir de la formulación de preguntas detonantes para que se formulen las posibles soluciones idóneas al caso concreto y se discutan sus efectos y viabilidad en su implementación en el contexto real.

Este método favorece el pensamiento crítico desde estadios de la experiencia inteligente, en un primer momento ubicamos la experiencia previa de cada estudiante tanto en la práctica como en su bagaje personal, que le permite al estudiante pensar y reaccionar ante circunstancias reales o ficticias y construir de manera colaborativa soluciones justificada bajo un contexto específico.

Otro elemento importante son las habilidades informacionales del estudiante, ya que se pretende motivarlo para estimular el pensamiento efectivo y que incluso sea capaz de afrontar y superar la frustración en el proceso intelectivo. Para esto es indispensable dotarlo previamente de fundamentos teóricos y otras situaciones ya resueltas que les permitan contar con elementos suficientes para la solución del caso que se les plantea.

En este punto, teniendo en consideración que la información requerida no es exclusivamente jurídica, contemplando la interconexión disciplinar desde una perspectiva global, se deben identificar y considerar aspectos influyentes que derivan de circunstancias no jurídicas y que forman parte del caso concreto, ya sea de manera interna o externa.

Es relevante considerar que la información es un medio para construir las soluciones justificadas, por lo que el énfasis no está en acumularla sino en desarrollar habilidades para acceder y evaluar de manera efectiva la información necesaria, en consecuencia, las habilidades informacionales son esenciales tanto para el estudiante como para el abogado del siglo XXI.

En un tercer punto adquiere especial consideración el proceso intelectivo en la apropiación del conocimiento y la reconstrucción de éste desde la estructuración del planteamiento propuesto y relacionado con sus experiencias previas que lo vuelven significativo y se genera un pensamiento creativo que posiciona los datos conocidos en ambientes desconocidos, es decir, la operación es nueva para el estudiante, pero no los elementos que utiliza para resolverla. La sensación que experimenta el estudiante mediante el descubrimiento de la solución por sí mismo, es mucho más enriquecedora que percibirla desde experiencias de terceros a través de la mera aproximación teórica, al grado de posicionarse activamente en la enseñanza sin que necesariamente se percate conscientemente de tal hecho.

Las ideas enriquecen la vida ordinaria de los estudiantes, la información es activada por su función con relación a la posición que ocupa en determinada acción. El conocimiento analizado en clase, desde el propio enfoque transdisciplinar, no debe entenderse como desarticulado, es deseable que el alumno tome la responsabilidad de relacionar cada elemento analizado en un tema o materia cursada, lo que fortalece la actitud de identificar puntos de encuentro e interrelación de información ante cualquier situación que se presente en su vida.

La metodología del caso permite entonces, el análisis transdisciplinar de la norma jurídica y fomenta en el estudiante habilidades y competencias complementarias que fortalecen el proceso de aprendizaje, tales como la correcta redacción y oratoria, estrategias de comunicación, capacidad de debate, entre otras. Esta formación integral permite al alumno ser capaz de adaptarse a las transformaciones de la sociedad y de las instituciones jurídicas porque el aprendizaje se realiza desde una reflexión activa y experimental.

 

VI ] Conclusiones

 

Al ser el Derecho un sistema de teorías, normas y principios complejo y dinámico requiere de la constante evaluación de los conocimientos y habilidades de los profesionistas de esta ciencia, contrastación que en la actualidad se vive en el desarrollo del ejercicio de la profesión y de la evolución de las instituciones jurídico, económico – políticas de los países, así como sociales.

Esta constante transformación del fenómeno jurídico y la sociedad, obliga a los estudiosos del Derecho y en especial a las Instituciones educativas que ofrecen dichos programas, a reconsiderar constantemente los paradigmas de análisis y reflexión del Derecho, su estrecha relación con otras áreas de las ciencias sociales y otros campos del saber para acercarnos cada vez más a las demandas que plantea la sociedad pero sobre todo que nos permita proponer estrategias novedosas que impacten en el bien común.

No basta entonces acumular conocimientos jurídicos por parte del estudiante, sino que será esencial aprender a conocer, a hacer, a vivir y a ser, para reflexionar acerca del profesionista que se quiere formar.

 

Esta revolución − también institucional − exige una participación más activa del abogado en los procesos para acercar la norma a la sociedad con responsabilidad y ética, colocando al ser humano como eje de la trama social y al margen del esquema de protección de los derechos fundamentales reconocidos desde la democratización de los pueblos.20

 

Al provenir el profesionista en Derecho de las diferentes instituciones educativas públicas y privadas, en el caso de México, se requiere sin duda que durante el trayecto formativo se desarrolle la integración teórica–empírica de las competencias relacionadas con su quehacer profesional, de acuerdo con el nivel de conocimientos del que se apropia en este trayecto. Esta ruta es trazada por los programas educativos, por eso la relevancia de su diseño.

Las macro competencias del profesionista otorgan un camino claro hacia el perfil del egresado que se busca formar, nos permite integrar los conocimientos y habilidades que requiere el profesionista para el entorno actual y permite su actualización para mantener la vigencia del programa. En resumen, es transitar hacia un paradigma de transmisión y generación de conocimientos del fenómeno jurídico transdisciplinario y globalizado que permita la comprensión de éste como objeto social dinámico, con eficacia funcional y perspectiva valorativa y no como un saber enciclopédico.

 

Referencias

 

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WITKER, Jorge y Larios, Rogelio, s/a, Metodología Jurídica, México, Mc Graw Hill.

1 Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana. Director y Profesor Investigador de Tiempo Completo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima.

2 Doctora en Derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Profesora Investigadora de Tiempo Completo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima.

3 Estos elementos fueron desarrollados en un trabajo anterior que formó parte del VII Coloquio sobre Tendencias Actuales del Derecho en la Universidad de Sonora en 2014.

4 Sánchez, Arianna, Castellón, Francisco, La relevancia del enfoque clínico en la enseñanza del Derecho en México en Armenta et al., La investigación jurídica y sus tendencias, Universidad de Sonora, 2015.

5 AGUILERA, Agustín, Las nuevas tendencias del Derecho en el siglo XXI, Investigación Científica, vol. 5. No. 1. nueva época, 2009, pp.15-18.

6 ROBLES, Magda, Introducción, Encuentro Internacional de la Enseñanza del Derecho, 2010, p. 18, http://www.academia.edu/2928260/Encuentro_Internacional_de_la_Ensenanza_del_Derecho._Dra._Magda_Yadira_Robles_y_otros

7 El presente apartado se retoma y actualiza de la ponencia presentada por los mismos autores en el Primer Congreso Internacional sobre Investigación en Pedagogía y Didáctica del Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, en la Ciudad de México en 2015.

8 MÉNDEZ, Adelaida, Terminología pedagógica específica al enfoque por competencias: El concepto de competencia, Bélgica, Universidad Católica de Lovaina.

9 AGUILERA, Edgar, Hacia la identificación del paquete básico de competencias a desarrollar por el alumno que cursa las unidades de aprendizaje Filosofía del Derecho y/o Corrientes Filosófico, Jurídicas en la UAEM, Perspectiva Jurídica, núm. 9, enero – junio 2014, p. 111.

10 BELLOCCHIO, Mabel, Educación basada en competencias y constructivismo. Un enfoque y un modelo para la formación pedagógica del Siglo XXI, México, ANUIES, 2010, p. 35.

11 GUTIÉRREZ CASTILLO, Juan-Jesús; CABERO ALMENARA, Julio; ESTRADA VIDAL, Ligia, Diseño y validación de un instrumento de evaluación de la competencia digital del estudiante universitario, Espacios, 38(10), pp. 16–43, 2017, http://www.revistaespacios.com/a17v38n10/17381018.html#uno

12 Este enfoque fue planteado en el Coloquio denominado La transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho en la Universidad de Colima, en la ciudad de Colima en el 2014.

13 SÁNCHEZ, Arianna; PEÑA, Carmen; CASTILLO, Alan, La reestructuración curricular de la Licenciatura en Derecho de la Universidad de Colima ante los retos y tendencias formativas actuales, en SÁNCHEZ, Arianna (coord.), Retos de la transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho, Colima, Universidad de Colima, 2014.

14 FIX-ZAMUDIO, Héctor,1995, Algunas reflexiones sobre la enseñanza del Derecho en México y Latinoamérica. En WITKER, Jorge, Antología de estudios sobre la enseñanza del Derecho en México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1995, p. 46, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/247/1.pdf

15 SÁNCHEZ, Arianna; PEÑA, Carmen; CASTILLO, Alan, La reestructuración curricular de la Licenciatura en Derecho de la Universidad de Colima ante los retos y tendencias formativas actuales, en SÁNCHEZ, Arianna (coord.), Retos de la transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho, Colima, Universidad de Colima, 2014.

16 El presente enfoque fue presentado en el Coloquio La transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho organizado por la Universidad de Colima en la ciudad de Colima en 2014.

17 SÁNCHEZ, Arianna y MORÁN, Francisco, Los retos de la transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho basada en casos. La necesaria atención del contexto académico y fáctico, en SÁNCHEZ, Arianna (coord.) Retos de la transdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho, Colima, Universidad de Colima, 2014.

18 VALLESPÍN PÉREZ, David, El método del caso como instrumento de aprendizaje en el Derecho procesal, Revista de Educación y Derecho, Número 3, 2010.

19 Ídem.

20 PEÑA, Carmen, et al., La reestructuración curricular de la Licenciatura en Derecho de la Universidad de Colima ante los retos y tendencias formativas actuales, México, Universidad de Colima, 2014, pp. 6-7.